Cantería para el castillo de Guanapay

Fuente: Arquitectura de Lanzarote en el Siglo XVII
Por Manuel Lobo Cabrera y Pedro Quintana Andrés

1659-…-3.- Lanzarote

En Lanzarote, en tres días (…) de mill y seisientos y cinquenta y nuebe (…), Antonio Pacheco, oficial de cantero, vesino desta ysla, que doy fe conosco, y por precencia de su merced el capitán Anbrosio de Rivera, Sargento Mayor de esta ysla por su Magestad, y de el capitán Luis Rodri­gues Fleytas, quintador de ella, dixo que por quanto al tiempo que se tra­tó de hazer la obra de los dos trabesses del castillo principal de Guana­pay, se obligó el otorgante a ssacar la cantería necessaria para los dichos trabesses y labrarla a ssu costa, concertada cada piessa a dos reales y me­dio, las quales an de sser de a cinco palmos de largo, quatro y tres y me­dio, como parece más largamente en la escriptura que hizo.

Y aora se a ajustado la quenta y así en los dichos travesses, mili doscientos y treynta y tres cantos de los quales se le resta a dever tan solamente sseicientos y ssesenta y cinco reales, los quales aora a pedido a su merced le mande pagar y por no averie dado en tiempo que se hassía la dicha obra y decir el dicho capitán Luis Rodrigues, quintador, por cuia mano se a hecho la ssatisfación de todo ello asse como tal quintador como depossitario de cuio poder se libró, es necessaria nueva hórdenes esscritas del Señor Ca­pitán General y que sin ella no puede pagar dichos seicientos y sesenta y cinco reales y para poder (…) que le convenga declara estar satisfecho y pagado de todo lo que importaron los dichos mili y doscientos y treynta y tres cantos, e lo que importa la plataforma que también hizo y la escalera de el dicho castillo y ssólo de todo ello se le resta deviendo dichos sseiscientos y ssesenta y cinco reales y siendo necessario otorga recivo en for­ma de todo lo demás que a inportado las dichas obras. Y los dichos capi­tañes Anbrossio de Rivera, Sargento Mayor de su Magestad, y dicho ca­pitán Luis Rodrigues con cuia assistencia se a hecho declarasión de todo ello ssolamente se le resta deviendo al dicho Antonio Pacheco los seis­cientos y sesenta y cinco reales referidos, los quales de presente no se le an pagado por no aver forma de poderlo haser, sin nueva horden de Su Señoría dicho Señor Capitán General, la qual cantidad deve pagar el Es­tado por cuia quenta se a hecho la dicha obra.

Testigos: Cristóbal de Armas Gutiérrez, Juan de Hoyos y Francisco Mateo, vecinos.

A.H.P.L.P, Antonio López de Carranza, nº. 2.751. 14 r.-v.

 

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