Fuente: Arquitectura de Lanzarote en el Siglo XVII
Por Manuel Lobo Cabrera y Pedro Quintana Andrés
l683-marzo-7.- Teguise.
En la villa de Teguise, isla de Lansarote, en siete días del mes de marso de mili seisientos y ochenta y tres, Sebastián Alvares, maeso de I arpintero, vecino al presente de esta dicha isla, dijo que por quanto a el tiempo y quando se tratto de haser la nueva parroquia de Nuestra Señora de Guadalupe desta Villa, el capitán Luis Rodrigues Fleitas, su maiordomo, se ajustó con el otorgante para que hisiese la obra de carpintería y con efecto se ajustaron en quinse mill reales, la qual dicha obra este otorgante a hecho y por quenta della confiesa aver resivido del dicho capitán Luis Rodrigues Fleitas cattorse y mili y sien reales en diferenttes parttidas conforme la quenta que oy dicho día an ajustado,
enttrando en ello todo el dinero que se le a dado trigo, sevada y una parttida de mill dosienttos y beinte y nueve reales y medio que a la dicha iglesia parroquial deven Anttonio Fernándes Castro, como principal, y el capitán Simón Peres y Anttonio Tejera, vecinos desta isla, como sus fiadores, de resto de mill y ochosientos reales a que están obligados por escriptura pública otorgada por antte mi el escrivano, su fecha en quinse días del mes de noviembre del año pasado de mili seisientos y setenta y seis, y de dichos cattorse y mili y sient reales ottorga carta de pago y resivo en forma en favor del dicho capitán Luis Rodrigues Fleitas, dándose como se da por entregado a su boluntad sobre que renuncia a la esesión y prueba del entrega y los demás desta rasón de declarasión que para entregarle a el otorgante los nuevesienttos reales que se le están deviendo, cumplimiento a los quinse mill, es de su obligasión el labrar y asentar la puertta prinsipal en que está travajando y asimesmo haser los florones de madera que falttan por poner en la Capilla Maior, que son siette, y los que falttan en las dos capillas colatterales de Nuestra señora de la Conssesión y Nuestra señora del Rosario, que son sinco en cada una, y haser y labrar las sillas del coro de dicha parroquia en el estado que en el día de oy está señalado en la testera del dicho coro lo que diere el hueco de él a la satisfasión de los benefisiados. Y asimesmo, el labrar y poner la tribuna del órgano en el estado que está de presente señalado. Y estando presente el dicho capitán Luis Rodrigues Fleitas obliga los bienes y rrenttas de la dicha yglesia para la paga de los nuevesientos reales que se le rrestan deviendo al dicho maeso Sebastián Alvares, aviendo acavado la dicha obra y el sobredicho se obligó a haserla, dándole la madera y lo más que fuere nessesario para obrar y a que así lo cumplirá se obliga con su persona y vienes.
Testigos: Beneficiado y vicario don Diego de Laguna Ayala, el alférez Antonio García y Diego Gerardo Castellano, vecinos de esta isla.
A.H.PL.P, Marcial Rodríguez Saavedra, nº. 2.766, fs. 212 r.-213 r.