Fuente: Arquitectura de Lanzarote en el Siglo XVII
Por Manuel Lobo Cabrera y Pedro Quintana Andrés
1649-diciembre-14.- Teguise.
En la villa de Teguise desta ysla de Lansarote, a catorce días del mes de disiembre de mil seissientos y quarenta y nueve años, el alféres Joan Rodrigues, vecino de Santa Cruz de la ysla de Tenerife, estante en ésta, y asymismo Joan Perdomo Crespo y Fransisco Rodrigues de Nantes, becinos desta ysla, dijeron que ellos se avían consertado en que el dicho Joan Rodrigues les vende al dicho Fransisco Rodrigues de Nantes y a Joan Perdomo Crespo, dusientos xigrones de a beynte y quatro pies, gruesos y derechos, a precio de tres reales cada uno. Y asimismo, veinte de veinte y quatro pies, de grosor de dos que el susodicho le vendió al dicho Joan Perdomo Crespo, a precio de siete reales.
Y asimesmo, sinquenta soleras, buenas ordinarias, a dos quartos y medio cada una, toda la qual madera es obligado a ponérsela en la ysla de Canaria, onde disen El Lance, que llaman de Layraga, e puesta a la orilla del agua. Y a de ser toda la dicha madera a satisfación de los sobredichos conpradores y esso a de ser que la dicha madera la a de poner en la orilla del agua por todo el mes de marco, y si por su ocasión fuere en dicho tienpo nabío a buscar dicha madera y no la despachare, por no tenerla aprebenida, a de y tiene obligación el dicho Joan Rodrigues de pagar a los dichos Fransisco Rodrigues de Nantes e Joan Perdomo Crespo lo que la justicia les obligare a pagar el navio que hisieren yr por dicha madera. Y en caso que los susodichos conpradores no manden en dicho tienpo por la dicha madera en qualquier navio an de tener obligación que, constando por fee de escrivano como está ya en El Lance, se la an de pagar el principal costo que es a los precios referidos, y para en quenta de todo ello el dicho Joan Rodrigues confieso aver resevido de los susodichos compradores siento y siete reales en dineros de contado, de la qual cantidad confiesa aver recevido el dicho Joan Rodrigues y que está en su poder, de que se da por contento pagado y entregado a su boluntad.
Testigos: Capitán Luis de Betancor Ayala, Luis Martín Estévez, vecinos.
A.H.P.L.P, Juan Bautista Espinóla, nº. 2.819, fs. 111 v.-l 12 v.