Recurso del Ayuntamiento de Teguise intentando recuperar el Juzgado de Primera Instancia.1848

Fuente: Arrecife, capital de Lanzarote
Por José Manuel Clar

El Ayuntamiento de la Villa consideró el traslado del Juzgado al Puerto del Arrecife como «{…} un agravio tan inmerecido y que ha dado por resultado un despojo lamentable y desastroso».
Asimismo, las autoridades de Teguise atribuyeron este acontecimiento “{a la nulidad de los informes evacuados por las autoridades de esta Provincia y que han dado por resultado, según hemos dicho, la traslación de la Capitalidad del Juzgado al Puerto del Arrecife. Uno de estos ha sido las circulares que dirigió el Juez de Primera Instancia a los Alcaldes del Partido desde que recibió la mencionada Real orden 120 exhortando por su conducto a los Ayuntamientos no hiciesen demostración alguna de desagrado ni de otra clase…».

Del mismo modo, expresaron su descontento «{…} cuando esta municipalidad, sorprendida con la noticia de que también se trataba de trasladar al Puerto del Arrecife las Escribanías públicas, 121 recurrió a la Audiencia manifestándole que se daba a la consabida Real orden una latitud que no tenía, pues que sólo se refería a la traslación del Juzgado y nada más, no se dignó contestarle, sino que comunicó al Juez sus órdenes para que se trasladasen aquellas».
Más adelante, la Corporación municipal expone en su recurso lo siguiente: «{…} el Ayuntamiento de la antigua, fiel y benemérita Villa de Teguise, aún no se haya del todo destituida de apoyo, pues tiene en su favor la justicia y con ella la solicitud de los demás pueblos de la Isla. Prueba de ello, que lejos de admitir la exposición con que se les brindó por los agentes del Puerto del Arrecife, dirigida a que manifestasen gusto por lo que les había causado pesar, se adhirieron a la causa de esta referida Villa por medio de las comunicaciones, cuyos certificados acompañan. Con la expresión de sus sentimientos y la copia de justificativos se dirigió al Juez de 1ª Instancia en solicitud de que obedeciese y suspendiese el cumplimiento de la Real orden de 26 de septiembre último, por la que se disponía la traslación del Juzgado al Puerto del Arrecife hasta tanto que, elevando a V.M. los recursos oportunos recayese el fallo definitivo que era de esperar en justicia, a lo que no tuvo a bien acceder,.. «.
En otro pasaje del recurso se hace constar también: «(…} no se esconde que una vez que ha sido desvirtuados los informes apasionados, parciales e inexactos de las Autoridades de esta Provincia, a que los partidarios del Puerto del Arrecife deben el triunfo, sería necesario que se sustituyesen otros exentos de toda sospecha, para que el Gobierno de V.M. pueda guiarse con la misma seguridad que si los hechos viese y palpase por sí propio…”

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